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Oposición de Policía Local

Las oposiciones a policía municipal pueden ser una solución para tu futuro. Conseguir los conocimientos básicos que te ayudarán a superar con éxito las pruebas de acceso al cuerpo de policía local puede ser mucho más fácil si uno se prepara con un curso específico de preparación de las oposiciones a policía local.

Este curso de preparación de oposiciones a policía local que pone a tu disposición Master-D, ofrece todo lo necesario para obtener una plaza en el cuerpo de policía local, poniendo al alcance de los alumnos nuestro exclusivo sistema p 8.10 (que exige puntuaciones iguales o superiores a 8 sobre 10), preparadores personales, tutores cualificados y materiales didácticos actualizados.

Te ayudamos a preparar la entrevista personal a través de simulacros y casos reales

Ser policía municipal es una meta para muchos ya que trabajar en un empleo fijo y bien remunerado supone un paso adelante en nuestra maduración como personas, pero si, además, se puede conseguir trabajando al servicio de la comunidad es enriquecedor.

La profesión de policía municipal supone un contacto directo con la población de una determinada localidad, de manera que pueda aconsejarles y ayudarles en cualquier situación que se encuentren y no sepan cómo resolver.

Al tratarse de una oposición de carácter local, hay que tener en cuenta que los requisitos para poder presentarse a las oposiciones a policía local pueden variar de un organismo convocante a otro.

No lo pienses más, prepara con nosotros las oposiciones a policía local y conviértete en policía de tu ayuntamiento o comunidad autónoma.

Requisitos de Policía Local

Al ser una oposición de carácter local, cada organismo convocante podrá exigir los requisitos que considere convenientes para cubrir dicha plaza. Por ello, los requisitos que aquí se dan deben servir como orientación general, pero podrán variar de una convocatoria a otra:

  • Ser español o tener nacionalidad española.
  • Tener 16 años de edad, según el Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por la Ley 7/2007, de 12 de abril. En algunas CC AA se pide la mayoría de edad. En todo caso, al exigirse carnés de conducir de las clases B y/o A2 ya tendrán que tener los 18 años mínimo, y si exigen el carné A2 tendrán que tener 20 años como mínimo.

En cuanto al límite superior de edad, depende de comunidad autónoma y siempre habrá que atender a las bases específicas de cada caso. A modo orientativo:

  • En Cataluña, haber cumplido los 18 y como límite de edad habrá que atender a cada convcocatoria (generalmente para la categoría de agente tope de 45 años aunque puede variar, entre los 35 a 45, o incluso sin límite de edad).
  • En Madrid, haber cumplido los 18 y no superar los 40.
  • En Navarra, ser mayor de edad, sin límite de edad.
  • En el País Vasco, a partir de 18 años y no haber cumplido los 35.
  • En Aragón, a partir de 18 y no superar los 35.
  • En Asturias y Murcia, a partir de los 18 y no haber cumplido los 30.
  • En Castilla León, ser mayor de edad y no superar la edad de jubilación forzosa
  • En Canarias, ser mayor de edad y no exceder de la edad establecida para el pase a la situación de segunda actividad con destino antes de que finalice el plazo de presentación de instancias (que en ningún caso será superior a 57 años).
  • En Baleares no hay límite de edad (sería la edad de jubilación).
  • En Extremadura, no limitan la edad.
    En Galicia, La Rioja (Ley 5/2010) y la Comunidad Valenciana, no haber cumplido los 36 años.
  • En Castilla La Mancha y Andalucía , como límite superior la edad de jubilación. NOTA INFORMATIVA: En ambos casos existe un Decreto que sí establece límite de edad, de 32 años en el primer caso y de 35 en el segundo: en Castilla la Mancha un Decreto del año 2006 y en Andalucía un Decreto del 2003. En todo caso, por aplicación del Estatuto Básico del Empleado Público del año 2007 (norma posterior y de rango superior) este límite quedaría sin efecto, ya que solo por Ley pueden establecerse otros requisitos, y en este caso como comentamos se recogen en un Decreto). En marzo de 2014 una sentencia del Tribuna Supremo confirma esta postura (STS 575/2014).
  • En Cantabria con la publicación de la Ley 3/2014 de modificación de la Ley de Coordinación de Policías locales de Cantabria se elimina el requisito de la edad.
  • En Comunidad Valenciana, según La LEY 3/2016, de 23 de marzo, de la Generalitat, el requisito de edad es haber cumplido dieciocho años y no exceder, en su caso, la edad máxima de jubilación forzosa

Course Curriculum

  • 1. Informática básica

    Un proyecto destinado a la divulgación de publicaciones de caracter educativo, que permitirá difundir el conocimiento y la experiencia de los docentes que deseen publicar sus trabajos, para así enriquecer a la comunidad educativa. Publicamos de forma gratuita sus trabajos o artículos de caracter educativo o investigación.

  • 2. Temática del curso

    Ser policía municipal es una meta para muchos ya que trabajar en un empleo fijo y bien remunerado supone un paso adelante en nuestra maduración como personas, pero si, además, se puede conseguir trabajando al servicio de la comunidad es enriquecedor.

  • 3. Oposiciones Avanzadas

    La profesión de policía municipal supone un contacto directo con la población de una determinada localidad, de manera que pueda aconsejarles y ayudarles en cualquier situación que se encuentren y no sepan cómo resolver.